⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1763 del Código Civil
Texto vigente
Depósito voluntario es aquel en que se hace la entrega por la voluntad del depositante. También puede realizarse el depósito por dos o más personas que se crean con derecho a la cosa depositada, en un tercero, que hará la entrega, en su caso, a la que corresponda.
Flashcards de este artículo
Artículo 1763
Depósito voluntario es aquel en que se hace la entrega por la voluntad del depositante. También puede realizarse el depósito por dos o más personas que se crean con derecho a la cosa depositada, en un tercero, que hará la entrega, en su caso, a la que corresponda.
Depósito voluntario es aquel en que se hace la entrega por la voluntad del ________.
depositante
«Depósito voluntario es aquel en que se hace la entrega por la voluntad del depositante.»
¿Qué artículo establece: «Depósito voluntario es aquel en que se hace la entrega por la voluntad del depositante»?
Artículo 1763
«Depósito voluntario es aquel en que se hace la entrega por la voluntad del depositante.»
También puede realizarse el depósito por ________ o más personas que se crean con derecho a la cosa depositada, en un tercero, que hará la entrega, en su caso, a la que corresponda.
dos
«También puede realizarse el depósito por dos o más personas que se crean con derecho a la cosa depositada, en un tercero, que hará la entrega, en su caso, a la que corresponda.»
¿Qué artículo establece: «También puede realizarse el depósito por dos o más personas que se crean con derecho a la cosa depositada, en un tercero…»?
Artículo 1763
«También puede realizarse el depósito por dos o más personas que se crean con derecho a la cosa depositada, en un tercero, que hará la entrega, en su caso, a la que corresponda.»
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