⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 913 del Código Civil
Texto vigente
A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.
Flashcards de este artículo
Artículo 913
A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.
A falta de herederos ________, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.
testamentarios
«A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.»
¿Qué artículo establece: «A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado»?
Artículo 913
«A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
A falta de herederos testamentarios, la Ley ley defiere la herencia, según las reglas que se expresarán, a los parientes legítimos y naturales del difunto, al viudo o viuda y al Estado.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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