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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Duodécima del Código Civil

Texto vigente

Los derechos a la herencia del que hubiese fallecido, con testamento o sin él, antes de hallarse en vigor el Código, se regirán por la legislación anterior. La herencia de los fallecidos después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código; pero cumpliendo, en cuanto éste lo permita, las disposiciones testamentarias. Se respetarán, por lo tanto, las legítimas, las mejoras y los legados, pero reduciendo su cuantía, si de otro modo no se pudiera dar a cada partícipe en la herencia lo que le corresponda según el Código.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Duodécima

Duodécima · Código Civil
Contenido1/5

Los derechos a la herencia del que hubiese fallecido, con testamento o sin él, antes de hallarse en vigor el Código, se regirán por la legislación anterior. La herencia de los fallecidos después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código; pero cumpliendo, en cuanto éste lo permita, las disposiciones testamentarias. Se respetarán, por lo tanto, las legítimas, las mejoras y los legados, pero reduciendo su cuantía, si de otro modo no se pudiera dar a cada partícipe en la herencia lo que le corresponda según el Código.

Completa el hueco2/5

Los derechos a la herencia del que hubiese fallecido, con ________ o sin él, antes de hallarse en vigor el Código, se regirán por la legislación anterior.

Duodécima · Código Civil
Respuesta2/5

testamento

«Los derechos a la herencia del que hubiese fallecido, con testamento o sin él, antes de hallarse en vigor el Código, se regirán por la legislación anterior.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los derechos a la herencia del que hubiese fallecido, con testamento o sin él, antes de hallarse en vigor el Código, se…»?

Duodécima · Código Civil
Respuesta3/5

Duodécima

«Los derechos a la herencia del que hubiese fallecido, con testamento o sin él, antes de hallarse en vigor el Código, se regirán por la legislación anterior.»
Completa el hueco4/5

La herencia de los ________ después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código;

Duodécima · Código Civil
Respuesta4/5

fallecidos

«La herencia de los fallecidos después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código;»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La herencia de los fallecidos después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código»?

Duodécima · Código Civil
Respuesta5/5

Duodécima

«La herencia de los fallecidos después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código;»

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