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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 29 del Código Penal

Texto vigente

Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 29

Artículo 29 · Código Penal
Contenido1/3

Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.

Completa el hueco2/3

Son cómplices los que, no hallándose ________ en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.

Artículo 29 · Código Penal
Respuesta2/3

comprendidos

«Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos»?

Artículo 29 · Código Penal
Respuesta3/3

Artículo 29

«Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.»

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