🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444
Artículo 358 bis del Código Penal
Texto vigente
Lo dispuesto en los artículos 338 a 340 será también aplicable a los delitos regulados en este Capítulo.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 358 bis
Artículo 358 bis · Código Penal
Contenido1/3
Lo dispuesto en los artículos 338 a 340 será también aplicable a los delitos regulados en este Capítulo.
Completa el hueco2/3
Lo dispuesto en los artículos ________ a 340 será también aplicable a los delitos regulados en este Capítulo.
Artículo 358 bis · Código Penal
Respuesta2/3
338
«Lo dispuesto en los artículos 338 a 340 será también aplicable a los delitos regulados en este Capítulo.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Lo dispuesto en los artículos 338 a 340 será también aplicable a los delitos regulados en este Capítulo»?
Artículo 358 bis · Código Penal
Respuesta3/3
Artículo 358 bis
«Lo dispuesto en los artículos 338 a 340 será también aplicable a los delitos regulados en este Capítulo.»
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