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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 465 del Código Penal

Texto vigente

1. El que, interviniendo en un proceso como abogado o procurador, con abuso de su función, destruyere, inutilizare u ocultare documentos o actuaciones de los que haya recibido traslado en aquella calidad, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de siete a doce meses e inhabilitación especial para su profesión, empleo o cargo público de tres a seis años.

2. Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de tres a seis meses.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 465 (apartado 1)

Artículo 465 · Código Penal
Contenido1/4

El que, interviniendo en un proceso como abogado o procurador, con abuso de su función, destruyere, inutilizare u ocultare documentos o actuaciones de los que haya recibido traslado en aquella calidad, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de siete a doce meses e inhabilitación especial para su profesión, empleo o cargo público de tres a seis años.

Completa el hueco2/4

Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de tres a ________.

Artículo 465 · Código Penal
Respuesta2/4

seis meses

«Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de tres a seis meses.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo establece: «Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de…»?

Artículo 465 · Código Penal
Respuesta3/4

Artículo 465

«Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de tres a seis meses.»
Información4/4

Artículo 465 (apartado 2)

Artículo 465 · Código Penal
Contenido4/4

Si los hechos descritos en el apartado primero de este artículo fueran realizados por un particular, la pena será de multa de tres a seis meses.

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