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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Artículo 54 del Estatuto de los TrabajadoresDespido disciplinario

Texto vigente

1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.

2. Se considerarán incumplimientos contractuales:

a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.

b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo.

c) Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.

d) La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

e) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.

f) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.

g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 54. Despido disciplinario (apartado 1)

Artículo 54 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/5

El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.

Completa el hueco2/5

El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un ________ grave y culpable del trabajador.

Artículo 54 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/5

incumplimiento

«El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Despido disciplinario»?

Artículo 54 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/5

Artículo 54

Información4/5

Artículo 54. Despido disciplinario (apartado 2, 1/2)

Artículo 54 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido4/5

Se considerarán incumplimientos contractuales: • a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo. • b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo. • c) Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos. • d) La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. • e) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado. • f) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.

Completa el hueco5/5

Las faltas repetidas e ________ de asistencia o puntualidad al trabajo.

Artículo 54 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta5/5

injustificadas

«Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.»

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