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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Artículo 80 del Estatuto de los TrabajadoresVotaciones

Texto vigente

Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores, se requerirá para la validez de aquellos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 80. Votaciones

Artículo 80 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/4

Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores, se requerirá para la validez de aquellos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.

Completa el hueco2/4

Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los ________, se requerirá para la validez de aquellos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.

Artículo 80 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/4

trabajadores

«Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores, se requerirá para la validez de aquellos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Votaciones»?

Artículo 80 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/4

Artículo 80

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores…»?

Artículo 80 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta4/4

Artículo 80. Votaciones

«Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores, se requerirá para la validez de aquellos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.»

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