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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Artículo 83 del Estatuto de los TrabajadoresUnidades de negociación

Texto vigente

1. Los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden.

2. Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, de carácter estatal o de comunidad autónoma, podrán establecer, mediante acuerdos interprofesionales, cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva, fijando, en su caso, las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito.

Estas cláusulas podrán igualmente pactarse en convenios o acuerdos colectivos sectoriales, de ámbito estatal o autonómico, por aquellos sindicatos y asociaciones empresariales que cuenten con la legitimación necesaria, de conformidad con lo establecido en esta ley.

3. Dichas organizaciones de trabajadores y empresarios podrán igualmente elaborar acuerdos sobre materias concretas. Estos acuerdos, así como los acuerdos interprofesionales a que se refiere el apartado 2, tendrán el tratamiento de esta ley para los convenios colectivos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 83. Unidades de negociación (apartado 1)

Artículo 83 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/5

Los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden.

Completa el hueco2/5

Los convenios ________ tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden.

Artículo 83 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/5

colectivos

«Los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Unidades de negociación»?

Artículo 83 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/5

Artículo 83

Información4/5

Artículo 83. Unidades de negociación (apartado 2)

Artículo 83 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido4/5

Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, de carácter estatal o de comunidad autónoma, podrán establecer, mediante acuerdos interprofesionales, cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva, fijando, en su caso, las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito. Estas cláusulas podrán igualmente pactarse en convenios o acuerdos colectivos sectoriales, de ámbito estatal o autonómico, por aquellos sindicatos y asociaciones empresariales que cuenten con la legitimación necesaria, de conformidad con lo establecido en esta ley.

Completa el hueco5/5

Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, de carácter estatal o de comunidad autónoma, podrán establecer, mediante acuerdos ________, cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva, fijando, en su caso, las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito.

Artículo 83 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta5/5

interprofesionales

«Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, de carácter estatal o de comunidad autónoma, podrán establecer, mediante acuerdos interprofesionales, cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva, fijando, en su caso, las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito.»

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