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📑 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común · BOE-A-2015-10565

Artículo 74 de la Ley 39/2015Cuestiones incidentales

Texto vigente

Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 25/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 74. Cuestiones incidentales

Artículo 74 · Ley 39/2015
Contenido1/4

Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.

Completa el hueco2/4

Las cuestiones incidentales que se susciten en el ________, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.

Artículo 74 · Ley 39/2015
Respuesta2/4

procedimiento

«Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Cuestiones incidentales»?

Artículo 74 · Ley 39/2015
Respuesta3/4

Artículo 74

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la…»?

Artículo 74 · Ley 39/2015
Respuesta4/4

Artículo 74. Cuestiones incidentales

«Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.»

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