📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 677 de la Ley de Enjuiciamiento CivilForma de la administración
Texto vigente
La administración para pago se atendrá a lo que pactaren ejecutante y ejecutado; en ausencia de pacto, se entenderá que los bienes han de ser administrados según la costumbre del país.
Flashcards de este artículo
Artículo 677. Forma de la administración
La administración para pago se atendrá a lo que pactaren ejecutante y ejecutado; en ausencia de pacto, se entenderá que los bienes han de ser administrados según la costumbre del país.
La administración para pago se atendrá a lo que pactaren ________ y ejecutado;
ejecutante
«La administración para pago se atendrá a lo que pactaren ejecutante y ejecutado;»
¿Qué artículo lleva por título «Forma de la administración»?
en ausencia de pacto, se entenderá que los bienes han de ser ________ según la costumbre del país.
administrados
«en ausencia de pacto, se entenderá que los bienes han de ser administrados según la costumbre del país.»
¿Qué artículo establece: «La administración para pago se atendrá a lo que pactaren ejecutante y ejecutado»?
Artículo 677. Forma de la administración
«La administración para pago se atendrá a lo que pactaren ejecutante y ejecutado;»
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