📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 745 de la Ley de Enjuiciamiento CivilAlzamiento de las medidas tras sentencia absolutoria firme
Texto vigente
Firme una sentencia absolutoria, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Letrado de la Administración de Justicia todas las medidas cautelares adoptadas y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 742 respecto de los daños y perjuicios que hubiere podido sufrir el demandado.
Lo mismo se ordenará en los casos de renuncia a la acción o desistimiento de la instancia.
Flashcards de este artículo
Artículo 745. Alzamiento de las medidas tras sentencia absolutoria firme
Firme una sentencia absolutoria, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Letrado de la Administración de Justicia todas las medidas cautelares adoptadas y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 742 respecto de los daños y perjuicios que hubiere podido sufrir el demandado. Lo mismo se ordenará en los casos de renuncia a la acción o desistimiento de la instancia.
Firme una sentencia ________, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Letrado de la Administración de Justicia todas las medidas cautelares adoptadas y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 742 respecto de los daños y perjuicios que hubiere podido sufrir el demandado.
absolutoria
«Firme una sentencia absolutoria, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Letrado de la Administración de Justicia todas las medidas cautelares adoptadas y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 742 respecto de los daños y perjuicios que hubiere podido sufrir el demandado.»
¿Qué artículo lleva por título «Alzamiento de las medidas tras sentencia absolutoria firme»?
Lo mismo se ordenará en los casos de renuncia a la acción o ________ de la instancia.
desistimiento
«Lo mismo se ordenará en los casos de renuncia a la acción o desistimiento de la instancia.»
¿Qué artículo establece: «Firme una sentencia absolutoria, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Letrado de la Administración…»?
Artículo 745. Alzamiento de las medidas tras sentencia absolutoria firme
«Firme una sentencia absolutoria, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Letrado de la Administración de Justicia todas las medidas cautelares adoptadas y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 742 respecto de los daños y perjuicios que hubiere podido sufrir el demandado.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Firme una sentencia absolutoria, sea en el fondo o en la instancia, se alzarán de oficio por el Secretario judicial Letrado de la Administración de Justicia todas las medidas cautelares adoptadas y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 742 respecto de los daños y perjuicios que hubiere podido sufrir el demandado. Lo mismo se ordenará en los casos de renuncia a la acción o desistimiento de la instancia.
- Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
- Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
- Vigente desde 01/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-8167
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