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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 126 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia. En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser renunciados.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 126

Artículo 126 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia. En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser renunciados.

Completa el hueco2/5

La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un ________ jurídico suficiente y accesible que le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia.

Artículo 126 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

asesoramiento

«La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si…»?

Artículo 126 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 126

«La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia.»
Completa el hueco4/5

En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser ________.

Artículo 126 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

renunciados

«En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser renunciados.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no…»?

Artículo 126 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 126

«En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser renunciados.»

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