Ir al generador

🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 3º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Un Real Decreto fijará, con la debida anticipación, el día en que han de constituirse los nuevos Tribunales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/3

Artículo 3º

Artículo 3º · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Un Real Decreto fijará, con la debida anticipación, el día en que han de constituirse los nuevos Tribunales.

Completa el hueco2/3

Un Real Decreto fijará, con la debida ________, el día en que han de constituirse los nuevos Tribunales.

Artículo 3º · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

anticipación

«Un Real Decreto fijará, con la debida anticipación, el día en que han de constituirse los nuevos Tribunales.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Un Real Decreto fijará, con la debida anticipación, el día en que han de constituirse los nuevos Tribunales»?

Artículo 3º · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 3º

«Un Real Decreto fijará, con la debida anticipación, el día en que han de constituirse los nuevos Tribunales.»