🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 803 ter a de la Ley de Enjuiciamiento CriminalResolución judicial de llamada al proceso
Texto vigente
1. El juez o tribunal acordará, de oficio o a instancia de parte, la intervención en el proceso penal de aquellas personas que puedan resultar afectadas por el decomiso cuando consten hechos de los que pueda derivarse razonablemente:
a) que el bien cuyo decomiso se solicita pertenece a un tercero distinto del investigado o encausado, o
b) que existen terceros titulares de derechos sobre el bien cuyo decomiso se solicita que podrían verse afectados por el mismo.
2. Se podrá prescindir de la intervención de los terceros afectados en el procedimiento cuando:
a) no se haya podido identificar o localizar al posible titular de los derechos sobre el bien cuyo decomiso se solicita, o
b) existan hechos de los que pueda derivarse que la información en que se funda la pretensión de intervención en el procedimiento no es cierta, o que los supuestos titulares de los bienes cuyo decomiso se solicita son personas interpuestas vinculadas al investigado o encausado o que actúan en connivencia con él.
3. Contra la resolución por la que el juez declare improcedente la intervención del tercero en el procedimiento podrá interponerse recurso de apelación.
4. Si el afectado por el decomiso hubiera manifestado al juez o tribunal que no se opone al decomiso, no se acordará su intervención en el procedimiento o se pondrá fin a la que ya hubiera sido acordada.
5. En el caso de que se acordare recibir declaración del afectado por el decomiso, se le instruirá del contenido del artículo 416.
Flashcards de este artículo
Artículo 803 ter a. Resolución judicial de llamada al proceso (apartado 1)
El juez o tribunal acordará, de oficio o a instancia de parte, la intervención en el proceso penal de aquellas personas que puedan resultar afectadas por el decomiso cuando consten hechos de los que pueda derivarse razonablemente: • a) que el bien cuyo decomiso se solicita pertenece a un tercero distinto del investigado o encausado, o • b) que existen terceros titulares de derechos sobre el bien cuyo decomiso se solicita que podrían verse afectados por el mismo.
El juez o tribunal acordará, de oficio o a instancia de parte, la intervención en el proceso penal de aquellas personas que puedan resultar afectadas por el decomiso cuando consten hechos de los que pueda derivarse ________:
razonablemente
«El juez o tribunal acordará, de oficio o a instancia de parte, la intervención en el proceso penal de aquellas personas que puedan resultar afectadas por el decomiso cuando consten hechos de los que pueda derivarse razonablemente:»
¿Qué artículo lleva por título «Resolución judicial de llamada al proceso»?
Artículo 803 ter a. Resolución judicial de llamada al proceso (apartado 2)
Se podrá prescindir de la intervención de los terceros afectados en el procedimiento cuando: • a) no se haya podido identificar o localizar al posible titular de los derechos sobre el bien cuyo decomiso se solicita, o • b) existan hechos de los que pueda derivarse que la información en que se funda la pretensión de intervención en el procedimiento no es cierta, o que los supuestos titulares de los bienes cuyo decomiso se solicita son personas interpuestas vinculadas al investigado o encausado o que actúan en connivencia con él.
que el bien cuyo decomiso se solicita pertenece a un tercero distinto del ________ o encausado, o
investigado
«que el bien cuyo decomiso se solicita pertenece a un tercero distinto del investigado o encausado, o»
Otros artículos de CAPÍTULO I. De la intervención en el proceso penal de los terceros que puedan …
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.