👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 154 de la LOPJ
Texto vigente
No podrán estar presentes en las discusiones y votaciones los que tuvieren interés directo o indirecto en el asunto de que se trate, siendo de aplicación en este caso lo dispuesto en la ley para la abstención y recusación.
Flashcards de este artículo
Artículo 154
No podrán estar presentes en las discusiones y votaciones los que tuvieren interés directo o indirecto en el asunto de que se trate, siendo de aplicación en este caso lo dispuesto en la ley para la abstención y recusación.
No podrán estar presentes en las ________ y votaciones los que tuvieren interés directo o indirecto en el asunto de que se trate, siendo de aplicación en este caso lo dispuesto en la ley para la abstención y recusación.
discusiones
«No podrán estar presentes en las discusiones y votaciones los que tuvieren interés directo o indirecto en el asunto de que se trate, siendo de aplicación en este caso lo dispuesto en la ley para la abstención y recusación.»
¿Qué artículo establece: «No podrán estar presentes en las discusiones y votaciones los que tuvieren interés directo o indirecto en el asunto de que se…»?
Artículo 154
«No podrán estar presentes en las discusiones y votaciones los que tuvieren interés directo o indirecto en el asunto de que se trate, siendo de aplicación en este caso lo dispuesto en la ley para la abstención y recusación.»
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