👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 39 de la LOPJ
Texto vigente
1. Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados o Tribunales de cualquier orden jurisdiccional de la jurisdicción ordinaria y los órganos judiciales militares, serán resueltos por la Sala de Conflictos de Jurisdicción, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, que la presidirá, dos Magistrados de la Sala del Tribunal Supremo del orden jurisdiccional en conflicto y dos Magistrados de la Sala de lo Militar, todos ellos designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Actuará como Secretario de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo.
2. El Presidente tendrá siempre voto de calidad en caso de empate.
Flashcards de este artículo
Artículo 39 (apartado 1)
Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados o Tribunales de cualquier orden jurisdiccional de la jurisdicción ordinaria y los órganos judiciales militares, serán resueltos por la Sala de Conflictos de Jurisdicción, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, que la presidirá, dos Magistrados de la Sala del Tribunal Supremo del orden jurisdiccional en conflicto y dos Magistrados de la Sala de lo Militar, todos ellos designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Actuará como Secretario de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo.
Actuará como ________ de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo.
Secretario
«Actuará como Secretario de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo.»
¿Qué artículo establece: «Actuará como Secretario de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo»?
Artículo 39
«Actuará como Secretario de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo.»
Artículo 39 (apartado 2)
El Presidente tendrá siempre voto de calidad en caso de empate.
El ________ tendrá siempre voto de calidad en caso de empate.
Presidente
«El Presidente tendrá siempre voto de calidad en caso de empate.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados o Tribunales y de cualquier orden jurisdiccional de la jurisdicción militar ordinaria y los órganos judiciales militares, serán resueltos por una la Sala de Conflictos de Jurisdicción, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, que la presidirá, dos Magistrados de la Sala del Tribunal Supremo del orden jurisdiccional en conflicto y dos Magistrados de lo Penal la Sala de dicho Alto Tribunal lo Militar, todos ellos designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, y dos Consejeros Togados del Consejo Supremo de Justicia Militar designados por dicho Consejo. Judicial. Actuará como Secretario de esta Sala el de Gobierno del Tribunal Supremo. 2. El Presidente tendrá siempre voto de calidad en caso de empate.
- Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
- Vigente desde 01/05/1988 · modificado por BOE-A-1987-16791
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.