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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 407 de la LOPJ

Texto vigente

Cuando el Tribunal Supremo, por razón de los pleitos o causas de que conozca o por cualquier otro medio, tuviere noticia de algún acto de Jueces o Magistrados realizado en el ejercicio de su cargo y que pueda calificarse de delito o falta, lo comunicará, oyendo previamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, a los efectos de incoación de la causa. Lo mismo harán, en su caso, los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 407

Artículo 407 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/3

Cuando el Tribunal Supremo, por razón de los pleitos o causas de que conozca o por cualquier otro medio, tuviere noticia de algún acto de Jueces o Magistrados realizado en el ejercicio de su cargo y que pueda calificarse de delito o falta, lo comunicará, oyendo previamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, a los efectos de incoación de la causa. Lo mismo harán, en su caso, los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias.

Completa el hueco2/3

Lo mismo harán, en su caso, los ________ Superiores de Justicia y Audiencias.

Artículo 407 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/3

Tribunales

«Lo mismo harán, en su caso, los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Lo mismo harán, en su caso, los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias»?

Artículo 407 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/3

Artículo 407

«Lo mismo harán, en su caso, los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias.»

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