👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 564 de la LOPJ
Texto vigente
Fuera del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.
Flashcards de este artículo
Artículo 564
Fuera del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.
Fuera del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el ________ del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.
Presidente
«Fuera del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.»
¿Qué artículo establece: «Fuera del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder…»?
Artículo 564
«Fuera del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Fuera de los supuestos previstos del supuesto previsto en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.
- Vigente desde 30/06/2013 · modificado por BOE-A-2013-7061
- Vigente desde 18/01/2019 · modificado por BOE-A-2018-17987
- Vigente desde 26/12/2016 · modificado por BOE-A-2016-12361
Otros artículos de TÍTULO I. De las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.