👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 601 de la LOPJ
Texto vigente
1. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente.
2. La Comisión Permanente estará compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros siete Vocales: cuatro de los nombrados por el turno judicial y tres de los designados por el turno de juristas de reconocida competencia. Los Vocales de ambos turnos se renovarán anualmente a fin de que, salvo renuncia expresa, todos los Vocales formen parte de aquella, al menos durante un año, a lo largo del mandato del Consejo.
3. El Consejo General del Poder Judicial determinará, en el Reglamento de Organización y Funcionamiento, los casos y la forma en que, por razones de transitoria imposibilidad o ausencia justificada a las sesiones de la Comisión Permanente, deba procederse a la sustitución de los Vocales titulares por otros Vocales, a fin de garantizar la correcta composición y el adecuado funcionamiento de dicha Comisión.
Flashcards de este artículo
Artículo 601 (apartado 1)
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá ________ a los Vocales de la Comisión Permanente.
anualmente
«El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente.»
¿Qué artículo establece: «El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente»?
Artículo 601
«El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente.»
Artículo 601 (apartado 2)
La Comisión Permanente estará compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros siete Vocales: cuatro de los nombrados por el turno judicial y tres de los designados por el turno de juristas de reconocida competencia. Los Vocales de ambos turnos se renovarán anualmente a fin de que, salvo renuncia expresa, todos los Vocales formen parte de aquella, al menos durante un año, a lo largo del mandato del Consejo.
La Comisión Permanente estará compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros ________ Vocales:
siete
«La Comisión Permanente estará compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros siete Vocales:»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales integrantes de la Comisión Permanente. 2. La Comisión Permanente estará compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros siete Vocales: cuatro de los nombrados por el turno judicial y tres de los designados por el turno de juristas de reconocida competencia. Con excepción de los miembros Los Vocales de la Comisión Disciplinaria, ambos turnos se procurará, previa propuesta del Presidente, la rotación anual del resto renovarán anualmente a fin de que, salvo renuncia expresa, todos los Vocales en la composición anual formen parte de la Comisión Permanente. aquella, al menos durante un año, a lo largo del mandato del Consejo. 3. El Consejo General del Poder Judicial determinará, en el Reglamento de Organización y Funcionamiento, los casos y la forma en que, por razones de transitoria imposibilidad o ausencia justificada a las sesiones de la Comisión Permanente, deba procederse a la sustitución de los Vocales titulares por otros Vocales, a fin de garantizar la correcta composición y el adecuado funcionamiento de dicha Comisión.
- Vigente desde 30/06/2013 · modificado por BOE-A-2013-7061
- Vigente desde 01/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-8167
- Vigente desde 18/01/2019 · modificado por BOE-A-2018-17987
Otros artículos de CAPÍTULO III. La Comisión Permanente
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.