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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1121 del Código Civil

Texto vigente

El acreedor puede, antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho.

El deudor puede repetir lo que en el mismo tiempo hubiese pagado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 1121

Artículo 1121 · Código Civil
Contenido1/4

El acreedor puede, antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho. El deudor puede repetir lo que en el mismo tiempo hubiese pagado.

Completa el hueco2/4

El acreedor puede, antes del ________ de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho.

Artículo 1121 · Código Civil
Respuesta2/4

cumplimiento

«El acreedor puede, antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo establece: «El acreedor puede, antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho»?

Artículo 1121 · Código Civil
Respuesta3/4

Artículo 1121

«El acreedor puede, antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de su derecho.»
¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El deudor puede repetir lo que en el mismo tiempo hubiese pagado»?

Artículo 1121 · Código Civil
Respuesta4/4

Artículo 1121

«El deudor puede repetir lo que en el mismo tiempo hubiese pagado.»

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