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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1135 del Código Civil

Texto vigente

El acreedor tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios cuando por culpa del deudor hubieran desaparecido todas las cosas que alternativamente fueron objeto de la obligación, o se hubiera hecho imposible el cumplimiento de ésta.

La indemnización se fijará tomando por base el valor de la última cosa que hubiese desaparecido, o el del servicio que últimamente se hubiera hecho imposible.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1135

Artículo 1135 · Código Civil
Contenido1/5

El acreedor tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios cuando por culpa del deudor hubieran desaparecido todas las cosas que alternativamente fueron objeto de la obligación, o se hubiera hecho imposible el cumplimiento de ésta. La indemnización se fijará tomando por base el valor de la última cosa que hubiese desaparecido, o el del servicio que últimamente se hubiera hecho imposible.

Completa el hueco2/5

El acreedor tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios cuando por culpa del deudor hubieran desaparecido todas las cosas que ________ fueron objeto de la obligación, o se hubiera hecho imposible el cumplimiento de ésta.

Artículo 1135 · Código Civil
Respuesta2/5

alternativamente

«El acreedor tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios cuando por culpa del deudor hubieran desaparecido todas las cosas que alternativamente fueron objeto de la obligación, o se hubiera hecho imposible el cumplimiento de ésta.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El acreedor tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios cuando por culpa del deudor hubieran desaparecido todas las cosas que…»?

Artículo 1135 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1135

«El acreedor tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios cuando por culpa del deudor hubieran desaparecido todas las cosas que alternativamente fueron objeto de la obligación, o se hubiera hecho imposible el cumplimiento de ésta.»
Completa el hueco4/5

La indemnización se fijará tomando por base el valor de la última cosa que hubiese ________, o el del servicio que últimamente se hubiera hecho imposible.

Artículo 1135 · Código Civil
Respuesta4/5

desaparecido

«La indemnización se fijará tomando por base el valor de la última cosa que hubiese desaparecido, o el del servicio que últimamente se hubiera hecho imposible.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La indemnización se fijará tomando por base el valor de la última cosa que hubiese desaparecido, o el del servicio que últimamente…»?

Artículo 1135 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1135

«La indemnización se fijará tomando por base el valor de la última cosa que hubiese desaparecido, o el del servicio que últimamente se hubiera hecho imposible.»

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