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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1853 del Código Civil

Texto vigente

El fiador puede oponer al acreedor todas las excepciones que competan al deudor principal y sean inherentes a la deuda; mas no las que sean puramente personales del deudor.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1853

Artículo 1853 · Código Civil
Contenido1/5

El fiador puede oponer al acreedor todas las excepciones que competan al deudor principal y sean inherentes a la deuda; mas no las que sean puramente personales del deudor.

Completa el hueco2/5

El fiador puede oponer al acreedor todas las ________ que competan al deudor principal y sean inherentes a la deuda;

Artículo 1853 · Código Civil
Respuesta2/5

excepciones

«El fiador puede oponer al acreedor todas las excepciones que competan al deudor principal y sean inherentes a la deuda;»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El fiador puede oponer al acreedor todas las excepciones que competan al deudor principal y sean inherentes a la deuda»?

Artículo 1853 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1853

«El fiador puede oponer al acreedor todas las excepciones que competan al deudor principal y sean inherentes a la deuda;»
Completa el hueco4/5

mas no las que sean puramente ________ del deudor.

Artículo 1853 · Código Civil
Respuesta4/5

personales

«mas no las que sean puramente personales del deudor.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «mas no las que sean puramente personales del deudor»?

Artículo 1853 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1853

«mas no las que sean puramente personales del deudor.»

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