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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1929 del Código Civil

Texto vigente

Los créditos que no gocen de preferencia con relación a determinados bienes, y los que la gozaren, por la cantidad no realizada o cuando hubiese prescrito el derecho a la preferencia, se satisfarán conforme a las reglas siguientes:

1.ª Por el orden establecido en el artículo 1.924.

2.ª Los preferentes por fechas, por el orden de éstas, y los que la tuviesen común, a prorrata.

3.ª Los créditos comunes a que se refiere el artículo 1.925, sin consideración a sus fechas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1929 (apartado 1)

Artículo 1929 · Código Civil
Contenido1/5

Los créditos que no gocen de preferencia con relación a determinados bienes, y los que la gozaren, por la cantidad no realizada o cuando hubiese prescrito el derecho a la preferencia, se satisfarán conforme a las reglas siguientes:

Completa el hueco2/5

Los créditos que no gocen de ________ con relación a determinados bienes, y los que la gozaren, por la cantidad no realizada o cuando hubiese prescrito el derecho a la preferencia, se satisfarán conforme a las reglas siguientes:

Artículo 1929 · Código Civil
Respuesta2/5

preferencia

«Los créditos que no gocen de preferencia con relación a determinados bienes, y los que la gozaren, por la cantidad no realizada o cuando hubiese prescrito el derecho a la preferencia, se satisfarán conforme a las reglas siguientes:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los créditos que no gocen de preferencia con relación a determinados bienes, y los que la gozaren, por la cantidad no realizada…»?

Artículo 1929 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1929

«Los créditos que no gocen de preferencia con relación a determinados bienes, y los que la gozaren, por la cantidad no realizada o cuando hubiese prescrito el derecho a la preferencia, se satisfarán conforme a las reglas siguientes:»
Información4/5

Artículo 1929 (apartado 2)

Artículo 1929 · Código Civil
Contenido4/5

ª Por el orden establecido en el artículo 1.924.

Completa el hueco5/5

ª Por el orden establecido en el artículo 1.________.

Artículo 1929 · Código Civil
Respuesta5/5

924

«ª Por el orden establecido en el artículo 1.924.»

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