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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 261 del Código Civil

Texto vigente

El ejercicio de las facultades representativas será personal, sin perjuicio de la posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos concretos a terceras personas. Aquellas facultades que tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 261

Artículo 261 · Código Civil
Contenido1/5

El ejercicio de las facultades representativas será personal, sin perjuicio de la posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos concretos a terceras personas. Aquellas facultades que tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables.

Completa el hueco2/5

El ejercicio de las facultades ________ será personal, sin perjuicio de la posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos concretos a terceras personas.

Artículo 261 · Código Civil
Respuesta2/5

representativas

«El ejercicio de las facultades representativas será personal, sin perjuicio de la posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos concretos a terceras personas.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El ejercicio de las facultades representativas será personal, sin perjuicio de la posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos…»?

Artículo 261 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 261

«El ejercicio de las facultades representativas será personal, sin perjuicio de la posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos concretos a terceras personas.»
Completa el hueco4/5

Aquellas ________ que tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables.

Artículo 261 · Código Civil
Respuesta4/5

facultades

«Aquellas facultades que tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Aquellas facultades que tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables»?

Artículo 261 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 261

«Aquellas facultades que tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 03/09/2021 por BOE-A-2021-9233.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (15/11/1983):

También podrá el Juez, en cualquier momento y con justa causa, dejar El ejercicio de las facultades representativas será personal, sin efecto o modificar en todo o en parte perjuicio de la garantía posibilidad de encomendar la realización de uno o varios actos concretos a terceras personas. Aquellas facultades que se hubiese prestado. tengan por objeto la protección de la persona no serán delegables.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 15/11/1983 · modificado por BOE-A-1983-28123
  3. Vigente desde 03/09/2021 · modificado por BOE-A-2021-9233

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