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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 4 del Código Civil

Texto vigente

1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 4 (apartado 1)

Artículo 4 · Código Civil
Contenido1/5

Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

Completa el hueco2/5

Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto ________, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

Artículo 4 · Código Civil
Respuesta2/5

específico

«Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se…»?

Artículo 4 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 4

«Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.»
Información4/5

Artículo 4 (apartado 2)

Artículo 4 · Código Civil
Contenido4/5

Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

Completa el hueco5/5

Las leyes penales, las ________ y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

Artículo 4 · Código Civil
Respuesta5/5

excepcionales

«Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 29/07/1974 por BOE-A-1974-1083.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (16/08/1889):

Son nulos los actos ejecutados contra lo dispuesto en 1. Procederá la Ley, salvo aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los casos en que la misma Ley ordene su validez. Los derechos concedidos por se aprecie identidad de razón. 2. Las leyes penales, las Leyes son renunciables, a excepcionales y las de ámbito temporal no ser esta renuncia contra el interés o el orden público, o se aplicarán a supuestos ni en perjuicio momentos distintos de tercero. los comprendidos expresamente en ellas. 3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 29/07/1974 · modificado por BOE-A-1974-1083

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