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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 407 del Código Civil

Texto vigente

Son de dominio público:

1.º Los ríos y sus cauces naturales.

2.º Las aguas continuas o discontinuas de manantiales y arroyos que corran por sus cauces naturales, y estos mismos cauces.

3.º Las aguas que nazcan continua o discontinuamente en terrenos del mismo dominio público.

4.º Los lagos y lagunas formados por la naturaleza en terrenos públicos y sus álveos.

5.º Las aguas pluviales que discurran por barrancos o ramblas, cuyo cauce sea también del dominio público.

6.º Las aguas subterráneas que existan en terrenos públicos.

7.º Las aguas halladas en la zona de trabajos de obras públicas, aunque se ejecuten por concesionario.

8.º Las aguas que nazcan continua o discontinuamente en predios de particulares, del Estado, de la provincia o de los pueblos, desde que salgan de dichos predios.

9.º Los sobrantes de las fuentes, cloacas y establecimientos públicos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 407 (apartado 1)

Artículo 407 · Código Civil
Contenido1/5

Son de dominio público:

Completa el hueco2/5

º Las aguas continuas o ________ de manantiales y arroyos que corran por sus cauces naturales, y estos mismos cauces.

Artículo 407 · Código Civil
Respuesta2/5

discontinuas

«º Las aguas continuas o discontinuas de manantiales y arroyos que corran por sus cauces naturales, y estos mismos cauces.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «º Las aguas continuas o discontinuas de manantiales y arroyos que corran por sus cauces naturales, y estos mismos cauces»?

Artículo 407 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 407

«º Las aguas continuas o discontinuas de manantiales y arroyos que corran por sus cauces naturales, y estos mismos cauces.»
Información4/5

Artículo 407 (apartado 2)

Artículo 407 · Código Civil
Contenido4/5

º Los ríos y sus cauces naturales.

Completa el hueco5/5

º Las aguas que nazcan continua o ________ en terrenos del mismo dominio público.

Artículo 407 · Código Civil
Respuesta5/5

discontinuamente

«º Las aguas que nazcan continua o discontinuamente en terrenos del mismo dominio público.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 01/01/1986 por BOE-A-1985-16661.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (16/08/1889):

Son de dominio público: 1.º Los ríos y sus cauces naturales. 2.º Las aguas continuas o discontinuas de manantiales y arroyos que corran por sus cauces naturales, y estos mismos cauces. 3.º Las aguas que nazcan continua o discontinuamente en terrenos del mismo dominio público. 4.º Los lagos y lagunas formados por la naturaleza en terrenos públicos y sus álveos. 5.º Las aguas pluviales que discurran por barrancos o ramblas, cuyo cauce sea también del dominio público. 6.º Las aguas subterráneas que existan en terrenos públicos. 7.º Las aguas halladas en la zona de trabajos de obras públicas, aunque se ejecuten por concesionario. 8.º Las aguas que nazcan continua o discontinuamente en predios de particulares, del Estado, de la provincia o de los pueblos, desde que salgan de dichos predios. 9.º Los sobrantes de las fuentes, cloacas y establecimientos públicos.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 01/01/1986 · modificado por BOE-A-1985-16661

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