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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 558 del Código Civil

Texto vigente

El que pretenda usar del derecho concedido en el artículo anterior está obligado:

1.º A justificar que puede disponer del agua y que ésta es suficiente para el uso a que la destina.

2.º A demostrar que el paso que solicita es el más conveniente y menos oneroso para tercero.

3.º A indemnizar al dueño del predio sirviente en la forma que se determine por las leyes y reglamentos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 558 (apartado 1)

Artículo 558 · Código Civil
Contenido1/5

El que pretenda usar del derecho concedido en el artículo anterior está obligado:

Completa el hueco2/5

El que pretenda usar del derecho ________ en el artículo anterior está obligado:

Artículo 558 · Código Civil
Respuesta2/5

concedido

«El que pretenda usar del derecho concedido en el artículo anterior está obligado:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El que pretenda usar del derecho concedido en el artículo anterior está obligado»?

Artículo 558 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 558

«El que pretenda usar del derecho concedido en el artículo anterior está obligado:»
Información4/5

Artículo 558 (apartado 2)

Artículo 558 · Código Civil
Contenido4/5

º A justificar que puede disponer del agua y que ésta es suficiente para el uso a que la destina.

Completa el hueco5/5

º A justificar que puede disponer del agua y que ésta es ________ para el uso a que la destina.

Artículo 558 · Código Civil
Respuesta5/5

suficiente

«º A justificar que puede disponer del agua y que ésta es suficiente para el uso a que la destina.»

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