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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 622 del Código Civil

Texto vigente

Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las remuneratorias por las disposiciones del presente título en la parte que excedan del valor del gravamen impuesto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 622

Artículo 622 · Código Civil
Contenido1/3

Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las remuneratorias por las disposiciones del presente título en la parte que excedan del valor del gravamen impuesto.

Completa el hueco2/3

Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las ________ por las disposiciones del presente título en la parte que excedan del valor del gravamen impuesto.

Artículo 622 · Código Civil
Respuesta2/3

remuneratorias

«Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las remuneratorias por las disposiciones del presente título en la parte que excedan del valor del gravamen impuesto.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las remuneratorias por las disposiciones del presente título…»?

Artículo 622 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 622

«Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las remuneratorias por las disposiciones del presente título en la parte que excedan del valor del gravamen impuesto.»

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