⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 666 del Código Civil
Texto vigente
Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 666
Artículo 666 · Código Civil
Contenido1/3
Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.
Completa el hueco2/3
Para apreciar la capacidad del testador se atenderá ________ al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.
Artículo 666 · Código Civil
Respuesta2/3
únicamente
«Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento»?
Artículo 666 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 666
«Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.»
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