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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 399 del Código Penal

Texto vigente

1. El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

2. La misma pena se impondrá al que hiciere uso, a sabiendas, de la certificación, así como al que, sin haber intervenido en su falsificación, traficare con ella de cualquier modo.

3. Esta disposición es aplicable aun cuando el certificado aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado en España.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 399 (apartado 1)

Artículo 399 · Código Penal
Contenido1/5

El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Completa el hueco2/5

El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a ________.

Artículo 399 · Código Penal
Respuesta2/5

seis meses

«El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres…»?

Artículo 399 · Código Penal
Respuesta3/5

Artículo 399

«El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.»
Información4/5

Artículo 399 (apartado 2)

Artículo 399 · Código Penal
Contenido4/5

La misma pena se impondrá al que hiciere uso, a sabiendas, de la certificación, así como al que, sin haber intervenido en su falsificación, traficare con ella de cualquier modo.

Completa el hueco5/5

La misma pena se impondrá al que hiciere uso, a sabiendas, de la certificación, así como al que, sin haber intervenido en su ________, traficare con ella de cualquier modo.

Artículo 399 · Código Penal
Respuesta5/5

falsificación

«La misma pena se impondrá al que hiciere uso, a sabiendas, de la certificación, así como al que, sin haber intervenido en su falsificación, traficare con ella de cualquier modo.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 23/12/2010 por BOE-A-2010-9953.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (24/05/1996):

1. El particular que falsificare una certificación de las designadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de multa de tres a seis meses. 2. La misma pena se aplicará impondrá al que hiciere uso, a sabiendas, de la certificación falsa. certificación, así como al que, sin haber intervenido en su falsificación, traficare con ella de cualquier modo. 3. Esta disposición es aplicable aun cuando el certificado aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado en España.

  1. Vigente desde 24/05/1996 · redacción original
  2. Vigente desde 23/12/2010 · modificado por BOE-A-2010-9953

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