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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 47 del Código Penal

Texto vigente

La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia.

La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia.

Cuando la pena impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso o licencia que habilite para la conducción o la tenencia y porte, respectivamente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 47

Artículo 47 · Código Penal
Contenido1/5

La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia. La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia. Cuando la pena impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso o licencia que habilite para la conducción o la tenencia y porte, respectivamente.

Completa el hueco2/5

La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ________ inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia.

Artículo 47 · Código Penal
Respuesta2/5

ciclomotores

«La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio…»?

Artículo 47 · Código Penal
Respuesta3/5

Artículo 47

«La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia.»
Completa el hueco4/5

La imposición de la pena de ________ del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia.

Artículo 47 · Código Penal
Respuesta4/5

privación

«La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio…»?

Artículo 47 · Código Penal
Respuesta5/5

Artículo 47

«La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 02/12/2007 por BOE-A-2007-20636.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (24/05/1996):

La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia. La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho por el tiempo fijado en la sentencia. Cuando la pena impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso o licencia que habilite para la conducción o la tenencia y porte, respectivamente.

  1. Vigente desde 24/05/1996 · redacción original
  2. Vigente desde 02/12/2007 · modificado por BOE-A-2007-20636

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