🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229
Artículo 128 de la Constitución Española
Texto vigente
1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.
Flashcards de este artículo
Artículo 128 (apartado 1)
Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su ________ está subordinada al interés general.
titularidad
«Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.»
¿Qué artículo establece: «Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general»?
Artículo 128
«Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.»
Artículo 128 (apartado 2)
Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.
Se reconoce la iniciativa pública en la actividad ________.
económica
«Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica.»
Otros artículos de TÍTULO VII. Economía y Hacienda
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.