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🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229

Artículo 133 de la Constitución Española

Texto vigente

1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.

4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 133 (apartado 1)

Artículo 133 · Constitución Española
Contenido1/5

La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

Completa el hueco2/5

La potestad originaria para establecer los tributos corresponde ________ al Estado, mediante ley.

Artículo 133 · Constitución Española
Respuesta2/5

exclusivamente

«La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley»?

Artículo 133 · Constitución Española
Respuesta3/5

Artículo 133

«La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.»
Información4/5

Artículo 133 (apartado 2)

Artículo 133 · Constitución Española
Contenido4/5

Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Completa el hueco5/5

Las Comunidades Autónomas y las ________ locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Artículo 133 · Constitución Española
Respuesta5/5

Corporaciones

«Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.»

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