🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229
Disposición transitoria séptima de la Constitución Española
Texto vigente
Los organismos provisionales autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos:
a) Una vez constituidos los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución.
b) En el supuesto de que la iniciativa del proceso autonómico no llegara a prosperar por no cumplir los requisitos previstos en el artículo 143.
c) Si el organismo no hubiera ejercido el derecho que le reconoce la disposición transitoria primera en el plazo de tres años.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria séptima
Los organismos provisionales autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos: • a) Una vez constituidos los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución. • b) En el supuesto de que la iniciativa del proceso autonómico no llegara a prosperar por no cumplir los requisitos previstos en el artículo 143. • c) Si el organismo no hubiera ejercido el derecho que le reconoce la disposición transitoria primera en el plazo de tres años.
Los organismos ________ autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos:
provisionales
«Los organismos provisionales autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos:»
¿Qué artículo establece: «Los organismos provisionales autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos»?
Disposición transitoria séptima
«Los organismos provisionales autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos:»
Una vez ________ los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución.
constituidos
«Una vez constituidos los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución.»
¿Qué artículo establece: «Una vez constituidos los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución»?
Disposición transitoria séptima
«Una vez constituidos los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución.»
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