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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Artículo 20 del Estatuto de los TrabajadoresDirección y control de la actividad laboral

Texto vigente

1. El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.

2. En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe.

3. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.

4. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral (apartado 1)

Artículo 20 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/5

El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.

Completa el hueco2/5

El ________ estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.

Artículo 20 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/5

trabajador

«El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Dirección y control de la actividad laboral»?

Artículo 20 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/5

Artículo 20

Información4/5

Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral (apartado 2)

Artículo 20 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido4/5

En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe.

Completa el hueco5/5

En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las ________ legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres.

Artículo 20 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta5/5

disposiciones

«En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres.»

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