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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Artículo 72 del Estatuto de los TrabajadoresRepresentantes de quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y de trabajadores no fijos

Texto vigente

1. Quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y los trabajadores vinculados por contrato de duración determinada estarán representados por los órganos que se establecen en este título conjuntamente con los trabajadores fijos de plantilla.

2. Por tanto, a efectos de determinar el número de representantes, se estará a lo siguiente:

a) Quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y los trabajadores vinculados por contrato de duración determinada superior a un año se computarán como trabajadores fijos de plantilla.

b) Los contratados por término de hasta un año se computarán según el número de días trabajados en el periodo de un año anterior a la convocatoria de la elección. Cada doscientos días trabajados o fracción se computará como un trabajador más.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 72. Representantes de quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y de trabajadores no fijos (apartado 1)

Artículo 72 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/5

Quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y los trabajadores vinculados por contrato de duración determinada estarán representados por los órganos que se establecen en este título conjuntamente con los trabajadores fijos de plantilla.

Completa el hueco2/5

Quienes presten servicios en trabajos ________ y los trabajadores vinculados por contrato de duración determinada estarán representados por los órganos que se establecen en este título conjuntamente con los trabajadores fijos de plantilla.

Artículo 72 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/5

fijos-discontinuos

«Quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y los trabajadores vinculados por contrato de duración determinada estarán representados por los órganos que se establecen en este título conjuntamente con los trabajadores fijos de plantilla.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Representantes de quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y de trabajadores no fijos»?

Artículo 72 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/5

Artículo 72

Información4/5

Artículo 72. Representantes de quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y de trabajadores no fijos (apartado 2)

Artículo 72 · Estatuto de los Trabajadores
Contenido4/5

Por tanto, a efectos de determinar el número de representantes, se estará a lo siguiente: • a) Quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y los trabajadores vinculados por contrato de duración determinada superior a un año se computarán como trabajadores fijos de plantilla. • b) Los contratados por término de hasta un año se computarán según el número de días trabajados en el periodo de un año anterior a la convocatoria de la elección. Cada doscientos días trabajados o fracción se computará como un trabajador más.

Completa el hueco5/5

Por tanto, a efectos de determinar el número de ________, se estará a lo siguiente:

Artículo 72 · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta5/5

representantes

«Por tanto, a efectos de determinar el número de representantes, se estará a lo siguiente:»

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