📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 409 de la Ley de Enjuiciamiento CivilSustanciación y decisión de las pretensiones de la contestación y la reconvención
Texto vigente
Las pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.
Flashcards de este artículo
Artículo 409. Sustanciación y decisión de las pretensiones de la contestación y la reconvención
Las pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.
Las ________ que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.
pretensiones
«Las pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.»
¿Qué artículo lleva por título «Sustanciación y decisión de las pretensiones de la contestación y la reconvención»?
¿Qué artículo establece: «Las pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio…»?
Artículo 409. Sustanciación y decisión de las pretensiones de la contestación y la reconvención
«Las pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.»
Otros artículos de Sección 2.ª De la contestación a la demanda y la reconvención
- Artículo 405 · Contestación y forma de la contestación a la demanda
- Artículo 406 · Contenido y forma de la reconvención. Inadmisibilidad de la reconvención no conexa con la demanda y de la reconvención implícita
- Artículo 407 · Destinatarios de la demanda reconvencional. Contestación a la reconvención
- Artículo 408 · Tratamiento procesal de la alegación de compensación y de la nulidad del negocio jurídico en que se funde la demanda. Cosa juzgada
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.