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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 41 de la Ley de Enjuiciamiento CivilRecursos contra la resolución sobre suspensión de las actuaciones por prejudicialidad penal

Texto vigente

1. Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil se podrá interponer recurso de reposición. La solicitud de suspensión podrá, no obstante, reproducirse durante la segunda instancia y, en su caso, durante la tramitación de los recursos extraordinarios por infracción procesal o de casación.

2. Contra el auto que acuerde la suspensión se dará recurso de apelación y contra los autos dictados en apelación acordando o confirmando la suspensión no cabrá recurso alguno.

3. Contra la resolución del Letrado de la Administración de Justicia que acuerde el alzamiento de la suspensión podrá ser interpuesto recurso directo de revisión.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 41. Recursos contra la resolución sobre suspensión de las actuaciones por prejudicialidad penal (apartado 1)

Artículo 41 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil se podrá interponer recurso de reposición. La solicitud de suspensión podrá, no obstante, reproducirse durante la segunda instancia y, en su caso, durante la tramitación de los recursos extraordinarios por infracción procesal o de casación.

Completa el hueco2/5

Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil se podrá interponer recurso de ________.

Artículo 41 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

reposición

«Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil se podrá interponer recurso de reposición.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Recursos contra la resolución sobre suspensión de las actuaciones por prejudicialidad penal»?

Artículo 41 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 41

Información4/5

Artículo 41. Recursos contra la resolución sobre suspensión de las actuaciones por prejudicialidad penal (apartado 2)

Artículo 41 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Contra el auto que acuerde la suspensión se dará recurso de apelación y contra los autos dictados en apelación acordando o confirmando la suspensión no cabrá recurso alguno.

Completa el hueco5/5

La solicitud de suspensión podrá, no obstante, reproducirse durante la segunda instancia y, en su caso, durante la tramitación de los recursos ________ por infracción procesal o de casación.

Artículo 41 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

extraordinarios

«La solicitud de suspensión podrá, no obstante, reproducirse durante la segunda instancia y, en su caso, durante la tramitación de los recursos extraordinarios por infracción procesal o de casación.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 4 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 20/03/2024 por BOE-A-2023-25758.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/10/2015):

1. Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil se podrá interponer recurso de reposición. La solicitud de suspensión podrá, no obstante, reproducirse durante la segunda instancia y, en su caso, durante la tramitación de los recursos extraordinarios por infracción procesal o de casación. 2. Contra el auto que acuerde la suspensión se dará recurso de apelación y contra los autos dictados en apelación acordando o confirmando la suspensión se dará, en su caso, no cabrá recurso extraordinario por infracción procesal. alguno. 3. Contra la resolución del Letrado de la Administración de Justicia que acuerde el alzamiento de la suspensión podrá ser interpuesto recurso directo de revisión.

  1. Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
  2. Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
  3. Vigente desde 01/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-8167
  4. Vigente desde 20/03/2024 · modificado por BOE-A-2023-25758

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