📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 616 de la Ley de Enjuiciamiento CivilEfectos de la tercería de mejor derecho
Texto vigente
1. Interpuesta tercería de mejor derecho, la ejecución forzosa continuará hasta realizar los bienes embargados, depositándose lo que se recaude en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones para reintegrar al ejecutante en las costas de la ejecución y hacer pago a los acreedores por el orden de preferencia que se determine al resolver la tercería.
2. Si el tercerista de mejor derecho dispusiese de título ejecutivo en que conste su crédito, podrá intervenir en la ejecución desde que sea admitida la demanda de tercería. Si no dispusiere de título ejecutivo, el tercerista no podrá intervenir hasta que, en su caso, se estime la demanda.
Flashcards de este artículo
Artículo 616. Efectos de la tercería de mejor derecho (apartado 1)
Interpuesta tercería de mejor derecho, la ejecución forzosa continuará hasta realizar los bienes embargados, depositándose lo que se recaude en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones para reintegrar al ejecutante en las costas de la ejecución y hacer pago a los acreedores por el orden de preferencia que se determine al resolver la tercería.
Interpuesta tercería de mejor derecho, la ejecución forzosa continuará hasta realizar los bienes embargados, depositándose lo que se recaude en la Cuenta de Depósitos y ________ para reintegrar al ejecutante en las costas de la ejecución y hacer pago a los acreedores por el orden de preferencia que se determine al resolver la tercería.
Consignaciones
«Interpuesta tercería de mejor derecho, la ejecución forzosa continuará hasta realizar los bienes embargados, depositándose lo que se recaude en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones para reintegrar al ejecutante en las costas de la ejecución y hacer pago a los acreedores por el orden de preferencia que se determine al resolver la tercería.»
¿Qué artículo lleva por título «Efectos de la tercería de mejor derecho»?
Artículo 616. Efectos de la tercería de mejor derecho (apartado 2)
Si el tercerista de mejor derecho dispusiese de título ejecutivo en que conste su crédito, podrá intervenir en la ejecución desde que sea admitida la demanda de tercería. Si no dispusiere de título ejecutivo, el tercerista no podrá intervenir hasta que, en su caso, se estime la demanda.
Si el ________ de mejor derecho dispusiese de título ejecutivo en que conste su crédito, podrá intervenir en la ejecución desde que sea admitida la demanda de tercería.
tercerista
«Si el tercerista de mejor derecho dispusiese de título ejecutivo en que conste su crédito, podrá intervenir en la ejecución desde que sea admitida la demanda de tercería.»
Otros artículos de Sección 4.ª De la prioridad del embargante y de la tercería de mejor derecho
- Artículo 613 · Efectos del embargo. Anotaciones preventivas y terceros poseedores
- Artículo 614 · Tercería de mejor derecho. Finalidad. Prohibición de segunda tercería
- Artículo 615 · Tiempo de la tercería de mejor derecho
- Artículo 617 · Procedimiento, legitimación pasiva y litisconsorcio
- Artículo 618 · Efectos de la no contestación
- Artículo 619 · Allanamiento y desistimiento del ejecutante. Participación del tercerista de preferencia en los costes de la ejecución
- Artículo 620 · Efectos de la sentencia. Costas de la tercería y participación del tercerista en los costes de la ejecución
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.