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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 62 de la Ley de Enjuiciamiento CivilApreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos

Texto vigente

1. No serán admitidos a trámite los recursos dirigidos a un tribunal que carezca de competencia funcional para conocer de los mismos. No obstante lo anterior, si admitido un recurso, el tribunal al que se haya dirigido entiende que no tiene competencia funcional para conocer del mismo, dictará auto absteniéndose de conocer previa audiencia de las partes personadas por plazo común de diez días.

2. Notificado el auto a que se refiere el apartado anterior, los litigantes dispondrán de un plazo de cinco días para la correcta interposición o anuncio del recurso, que se añadirán al plazo legalmente previsto para dichos trámites. Si sobrepasaren el tiempo resultante sin recurrir en forma, quedará firme la resolución de que se trate.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 62. Apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos (apartado 1)

Artículo 62 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

No serán admitidos a trámite los recursos dirigidos a un tribunal que carezca de competencia funcional para conocer de los mismos. No obstante lo anterior, si admitido un recurso, el tribunal al que se haya dirigido entiende que no tiene competencia funcional para conocer del mismo, dictará auto absteniéndose de conocer previa audiencia de las partes personadas por plazo común de diez días.

Completa el hueco2/5

No serán admitidos a trámite los recursos dirigidos a un tribunal que carezca de ________ funcional para conocer de los mismos.

Artículo 62 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

competencia

«No serán admitidos a trámite los recursos dirigidos a un tribunal que carezca de competencia funcional para conocer de los mismos.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos»?

Artículo 62 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 62

Información4/5

Artículo 62. Apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos (apartado 2)

Artículo 62 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Notificado el auto a que se refiere el apartado anterior, los litigantes dispondrán de un plazo de cinco días para la correcta interposición o anuncio del recurso, que se añadirán al plazo legalmente previsto para dichos trámites. Si sobrepasaren el tiempo resultante sin recurrir en forma, quedará firme la resolución de que se trate.

Completa el hueco5/5

No obstante lo anterior, si admitido un recurso, el tribunal al que se haya dirigido entiende que no tiene competencia funcional para conocer del mismo, dictará auto absteniéndose de conocer previa audiencia de las partes personadas por plazo común de ________.

Artículo 62 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

diez días

«No obstante lo anterior, si admitido un recurso, el tribunal al que se haya dirigido entiende que no tiene competencia funcional para conocer del mismo, dictará auto absteniéndose de conocer previa audiencia de las partes personadas por plazo común de diez días.»

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