🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 828 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.
Flashcards de este artículo
Artículo 828
El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.
El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su ________.
extradición
«El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.»
¿Qué artículo establece: «El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente…»?
Artículo 828
«El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.»
Otros artículos de TÍTULO VI. Del procedimiento para la extradición
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