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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 828 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 828

Artículo 828 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.

Completa el hueco2/3

El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su ________.

Artículo 828 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

extradición

«El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente…»?

Artículo 828 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 828

«El Juez o Tribunal que conozca de la causa en que estuviese procesado el reo ausente en territorio extranjero será el competente para pedir su extradición.»

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