Ir al generador

🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 877 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm. que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere.

Se establecerá, además de la general, una numeración separada para los recursos interpuestos contra las resoluciones dimanantes de causas en que los condenados se hallen en prisión.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 877

Artículo 877 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm. que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere. Se establecerá, además de la general, una numeración separada para los recursos interpuestos contra las resoluciones dimanantes de causas en que los condenados se hallen en prisión.

Completa el hueco2/5

Los recursos se numerarán ________ por el orden de su presentación, y del núm.

Artículo 877 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

correlativamente

«Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm»?

Artículo 877 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 877

«Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm.»
Completa el hueco4/5

que corresponda a cada uno se dará ________ a la parte que lo pidiere.

Artículo 877 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

certificación

«que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere»?

Artículo 877 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 877

«que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 04/05/2010 por BOE-A-2009-17493.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/06/1997):

Los recursos se numerarán correlativamente por el orden de su presentación, y del núm. que corresponda a cada uno se dará certificación a la parte que lo pidiere. Se establecerá, además de la general, una numeración separada para los recursos interpuestos contra las resoluciones dimanantes de causas en que los condenados se hallen en prisión o en que se imponga la pena de muerte, los que versen sobre competencia, los de casos «in fraganti», los del procedimiento de la Ley de Orden Público y los fundados en quebrantamiento de forma. prisión.

  1. Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
  2. Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493

Otros artículos de Sección 4.ª De la interposición del recurso