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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 150 de la LOPJ

Texto vigente

Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada cinco años, computados desde la fecha de constitución de aquélla. Transcurrido dicho plazo, la Sala de Gobierno continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la fecha de constitución de la nueva.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 150

Artículo 150 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada cinco años, computados desde la fecha de constitución de aquélla. Transcurrido dicho plazo, la Sala de Gobierno continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la fecha de constitución de la nueva.

Completa el hueco2/5

Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada ________, computados desde la fecha de constitución de aquélla.

Artículo 150 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

cinco años

«Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada cinco años, computados desde la fecha de constitución de aquélla.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada cinco años, computados desde la fecha de constitución…»?

Artículo 150 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 150

«Los miembros electivos de las Salas de Gobierno se renovarán en su totalidad cada cinco años, computados desde la fecha de constitución de aquélla.»
Completa el hueco4/5

________ dicho plazo, la Sala de Gobierno continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la fecha de constitución de la nueva.

Artículo 150 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta4/5

Transcurrido

«Transcurrido dicho plazo, la Sala de Gobierno continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la fecha de constitución de la nueva.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Transcurrido dicho plazo, la Sala de Gobierno continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la fecha de constitución de la nueva»?

Artículo 150 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

Artículo 150

«Transcurrido dicho plazo, la Sala de Gobierno continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la fecha de constitución de la nueva.»

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