👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 185 de la LOPJ
Texto vigente
1. Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil. En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles.
2. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Flashcards de este artículo
Artículo 185 (apartado 1)
Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil. En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles.
Los plazos ________ se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil.
procesales
«Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil.»
¿Qué artículo establece: «Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil»?
Artículo 185
«Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil.»
Artículo 185 (apartado 2)
Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
En los ________ por días quedarán excluidos los inhábiles.
señalados
«En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Del tiempo hábil para las actuaciones judiciales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.