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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 185 de la LOPJ

Texto vigente

1. Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil. En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles.

2. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 185 (apartado 1)

Artículo 185 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil. En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles.

Completa el hueco2/5

Los plazos ________ se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil.

Artículo 185 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

procesales

«Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil»?

Artículo 185 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 185

«Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil.»
Información4/5

Artículo 185 (apartado 2)

Artículo 185 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Completa el hueco5/5

En los ________ por días quedarán excluidos los inhábiles.

Artículo 185 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

señalados

«En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles.»

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