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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 27 de la LOPJ

Texto vigente

1. Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en Secciones y hubiere dos o más, se designarán por numeración ordinal.

2. Las plazas judiciales que integran los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de Instancia se designarán por numeración cardinal dentro de la misma Sección.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 27 (apartado 1)

Artículo 27 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en Secciones y hubiere dos o más, se designarán por numeración ordinal.

Completa el hueco2/5

Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en Secciones y hubiere ________ o más, se designarán por numeración ordinal.

Artículo 27 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

dos

«Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en Secciones y hubiere dos o más, se designarán por numeración ordinal.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en Secciones y hubiere dos o más, se designarán por numeración ordinal»?

Artículo 27 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 27

«Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en Secciones y hubiere dos o más, se designarán por numeración ordinal.»
Información4/5

Artículo 27 (apartado 2)

Artículo 27 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

Las plazas judiciales que integran los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de Instancia se designarán por numeración cardinal dentro de la misma Sección.

Completa el hueco5/5

Las plazas ________ que integran los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de Instancia se designarán por numeración cardinal dentro de la misma Sección.

Artículo 27 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

judiciales

«Las plazas judiciales que integran los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de Instancia se designarán por numeración cardinal dentro de la misma Sección.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 23/01/2025 por BOE-A-2025-76.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (03/07/1985):

1. En Cuando las Salas de los Tribunales se dividan en las que existan Secciones y hubiere dos o más Secciones, más, se designarán por numeración ordinal. 2. En las poblaciones en Las plazas judiciales que existan dos o más Juzgados del mismo orden jurisdiccional integran los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de la misma clase, Instancia se designarán por numeración cardinal. cardinal dentro de la misma Sección.

  1. Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
  2. Vigente desde 23/01/2025 · modificado por BOE-A-2025-76

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