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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 32 de la LOPJ

Texto vigente

1. El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia.

2. La modificación de partidos se realizará, en su caso, en función del número de asuntos, de las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales.

3. El partido podrá coincidir con la demarcación provincial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 32 (apartado 1)

Artículo 32 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia.

Completa el hueco2/5

El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, ________ a una misma provincia.

Artículo 32 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

pertenecientes

«El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia»?

Artículo 32 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 32

«El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia.»
Información4/5

Artículo 32 (apartado 2)

Artículo 32 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

La modificación de partidos se realizará, en su caso, en función del número de asuntos, de las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales.

Completa el hueco5/5

La modificación de partidos se realizará, en su caso, en función del número de asuntos, de las ________ de la población, medios de comunicación y comarcas naturales.

Artículo 32 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

características

«La modificación de partidos se realizará, en su caso, en función del número de asuntos, de las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales.»

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