👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 506 de la LOPJ
Texto vigente
Los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas:
a) Servicio activo.
b) Servicios especiales.
c) Excedencia voluntaria por cuidado de familiares.
d) Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
e) Excedencia voluntaria por interés particular.
f) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
g) Suspensión de funciones.
Flashcards de este artículo
Artículo 506
Los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas: • a) Servicio activo. • b) Servicios especiales. • c) Excedencia voluntaria por cuidado de familiares. • d) Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. • e) Excedencia voluntaria por interés particular. • f) Excedencia voluntaria por agrupación familiar. • g) Suspensión de funciones.
Los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones ________:
administrativas
«Los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas:»
¿Qué artículo establece: «Los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones…»?
Artículo 506
«Los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas:»
________ voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
Excedencia
«Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.»
¿Qué artículo establece: «Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público»?
Artículo 506
«Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. En los Institutos de Medicina Legal un Médico Forense ejercerá la dirección del centro en la forma que reglamentariamente se determine. 2. En los Institutos de Medicina Legal y en el Instituto de Toxicología prestarán servicios diplomados universitarios en enfermería o ayudantes técnicos sanitarios, que se seleccionarán mediante las pruebas específicas que reglamentariamente se determinen. 3. Asimismo, prestarán servicio auxiliares de laboratorio y técnicos especialistas, que se seleccionarán también mediante las pruebas específicas que reglamentariamente se determinen. Los auxiliares funcionarios de laboratorio y carrera de los técnicos especialistas se asimilarán, a efectos retributivos, cuerpos a los auxiliares y oficiales que se refiere este libro, pueden hallarse en alguna de la Administración las siguientes situaciones administrativas: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Excedencia voluntaria por cuidado de Justicia, respectivamente. 4. Sin perjuicio familiares. d) Excedencia voluntaria por prestación de lo establecido en los dos párrafos anteriores, en dichos Centros prestarán servicios los Auxiliares y Agentes de la Administración en el sector público. e) Excedencia voluntaria por interés particular. f) Excedencia voluntaria por agrupación familiar. g) Suspensión de Justicia que determine la plantilla. funciones.
- Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
- Vigente desde 09/12/1994 · modificado por BOE-A-1994-24612
- Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644
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