👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 555 de la LOPJ
Texto vigente
1. La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las actuaciones.
2. Podrá imponerse en los propios autos o en procedimiento aparte. En todo caso, por el secretario se hará constar el hecho que motive la actuación correctora, las alegaciones del implicado y el acuerdo que se adopte por el juez o por la sala.
Flashcards de este artículo
Artículo 555 (apartado 1)
La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las actuaciones.
La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las ________.
actuaciones
«La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las actuaciones.»
¿Qué artículo establece: «La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las actuaciones»?
Artículo 555
«La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las actuaciones.»
Artículo 555 (apartado 2)
Podrá imponerse en los propios autos o en procedimiento aparte. En todo caso, por el secretario se hará constar el hecho que motive la actuación correctora, las alegaciones del implicado y el acuerdo que se adopte por el juez o por la sala.
Podrá imponerse en los propios autos o en ________ aparte.
procedimiento
«Podrá imponerse en los propios autos o en procedimiento aparte.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. La corrección se impondrá por la autoridad ante la que se sigan las actuaciones. 2. Podrá imponerse en los propios autos o en procedimiento aparte. En todo caso, por el secretario se hará constar el hecho que motive la actuación correctora, las alegaciones del implicado y el acuerdo que se adopte por el juez o por la sala.
- Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644
- Vigente desde 17/02/2025 · modificado por BOE-A-2025-3121
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