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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1266 del Código Civil

Texto vigente

Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.

El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella hubiere sido la causa principal del mismo.

El simple error de cuenta sólo dará lugar a su corrección.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1266

Artículo 1266 · Código Civil
Contenido1/5

Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo. El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella hubiere sido la causa principal del mismo. El simple error de cuenta sólo dará lugar a su corrección.

Completa el hueco2/5

Para que el error invalide el ________, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.

Artículo 1266 · Código Civil
Respuesta2/5

consentimiento

«Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre…»?

Artículo 1266 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1266

«Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.»
Completa el hueco4/5

El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella hubiere sido la causa ________ del mismo.

Artículo 1266 · Código Civil
Respuesta4/5

principal

«El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella hubiere sido la causa principal del mismo.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella hubiere sido la causa principal del mismo»?

Artículo 1266 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1266

«El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella hubiere sido la causa principal del mismo.»

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